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¿Hasta cuándo con el abuso de los services?

A propósito de uno de los reclamos centrales de los trabajadores de Ica

Publicado: 2020-12-10

Los que hemos querido escuchar los reclamos de los trabajadores agrarios que la semana pasada protagonizaron el gran paro laboral en Ica, sabemos que -además de la mejora de sueldos y la derogatoria de la infame Ley Chlimper, por fin lograda- su petición es que se prohíban los services en ese sector.  

Al respecto, es necesario explicar qué son realmente los services (también llamadas contratas, tercerización o externalización), más allá de las definiciones técnicas o la terminología legal que, intencionalmente, complejiza el entendimiento común.

Los services son las empresas que suministran mano de obra a otras empresas, que no quieren hacerse cargo de sus trabajadores. Así, a fin de obviar el vínculo laboral, una empresa que necesita cubrir una actividad principal contrata a un service, que le provisiona al personal necesario. Se trata de una triangulación entre una empresa principal (usuario o cliente), un service (proveedor del personal) y los trabajadores desplazados.

A pesar que la labor ejecutada por esos trabajadores forma parte del giro principal de la empresa (e.g. labores de cosecha de uvas para una vinícola), e -incluso- suelen trabajar en las propias instalaciones de esta última, por capricho de la ley o del legislador, no es su empleadora. Así que ante cualquier reclamo o problema laboral, el trabajador debe acudir al service -como empleador formal- pero no a la empresa que lucra por el trabajo que realiza en ella.

Así las empresas eluden su obligación respecto al personal que -día a día- asiste a su propio centro de labores a trabajar, pues -por injusto que sea- se supone que no existe vínculo laboral entre ellas, sino que la relación patronal es con el service, que los tiene en su planilla, a pesar que -en la práctica- sea sólo una ficción.

Bajo este esquema de subcontratación laboral, la empresa principal obtiene 3 grandes ventajas: i) Desvinculación sin necesidad de despedir al personal que no le gusta, pues simplemente le pide al service que no le mandé más al trabajador indeseable; ii) Anula sindicatos, pues al no ser -técnicamente- personal propio están legalmente impedidos de formar un sindicato allí donde no son trabajadores; y, iii) Obvian el pago de utilidades a ese personal ¨ajeno¨. En suma, debido al uso de los services, se destruye la estabilidad laboral, la organización sindical y la repartición de utilidades.

En este punto el lector -acaso escandalizado- se preguntará: ¿cómo diablos todo esto es legal? La respuesta es porque -simplemente- nuestros legisladores así lo prefieren para beneficio de buena parte del sector empresarial y sus generosos lobbies. Por supuesto, se dirá que -en realidad- es por eficiencia operativa o por rentabilidad.

Ojo que aquí no cabe el argumento de la especialización pues nos estamos refiriendo puntualmente a los services o figura de tercerización, y no así a la intermediación laboral -que aunque también es una forma de triangulación o subcontratación- su uso sólo está permitido para cubrir actividades especializadas, complementarias y secundarias, o no-relacionadas al giro principal o rubro de la empresa (e.g. seguridad en una vinícola).

En cambio, la excusa de la rentabilidad o de la optimización para justificar a los services es una falacia del capitalismo neoliberal, en su afán por maximizar sus ganancias a costa de todo, incluido el bienestar de los trabajadores. No es casualidad que la figura de los services haya nacido en la meca del capitalismo, Estados Unidos, consolidándose ¨en la década de 1960 con la proliferación de los programas de ensamblado (vehicular) en México¨ (Gary Gereffi), donde los salarios eran mucho más bajos, apenas cruzando la frontera.

Sin embargo, el esquema de los services no llegaría al Perú sino hasta 1991, con Fujimori, quién creó la legislación que les dio la bienvenida. Hasta entonces solo se permitía la intermediación laboral para actividades especializadas y complementarias (no relacionadas al giro), pero el fujimorismo permitió -por primera vez- que también se pueda subcontratar personal para ejecutar actividades principales, con la condición -sino pretexto- que fueran temporales.

Es también una cruel paradoja que la ley vigente que -desde el 2008- permite la continuidad abusiva de los services -Ley 29245- fuera dada por García, quién en su campaña electoral del 2006 prometía acabar -precisamente- con los mismos, como se aprecia en este video:

Aunque la ley de los services indique que la tercerización no puede ser una ¨simple provisión de personal¨, en la práctica eso es justamente lo que es. De esta manera, se burla la condición de millones de trabajadores que, aunque están formalizados, su empleador no es sino una suerte de testaferro del verdadero empleador, que se esconde detrás del service, el que incluso es -en ocasiones- creado por la misma empresa usuaria.

Esta legal pero ilegitima forma de contratación formal, es utilizada incluso por importantes grupos económicos, embaucando trabajadores de indistintos rubros, tales como minería, telecomunicaciones, banca y, por supuesto, la agroindustria.

De manera que antes de terruquear a humildes trabajadores, sería interesante tratar de imaginar lo que se sentiría ser una suerte de trabajador de segunda clase, con sueldo de hambre y que si protestas por ello, encima te comparan con Sendero Luminoso, pidiendo balas para ti y tus colegas.

Esta es, en buena parte, la realidad de los trabajadores agrarios que aún esperan que el Gobierno termine -por fin- con este abuso laboral, que es perpetrado desde el propio sector formal, tan santificado. Como si el solo hecho de ser formal fuera garantía de decencia. Como si no hubiera malos empleadores que -desde la formalidad- abusarán de sus trabajadores. Y aunque los services son -todavía- legales, su utilización para desconocer trabajadores es ilegítima e indigna.

Como un padre que no reconoce a su hijo, un empleador que no reconoce a su propio trabajador, revela su pobreza moral. Felizmente, hay también buenos empleadores que -por política interna o decisión propia- no usan services. Sin embargo, tal como las protestas y sus lamentables muertos nos han enseñado, no es socialmente responsable ni sostenible, que el Estado siga dejando a criterio de cada empresa ser buenos o malos empleadores.

Como los trabajadores agrarios ya lo han exigido, es momento que prohíban los services o la tercerización de actividades principales, sobre todo en un sector tan duro y, a la vez, sensible como el agro. El Perú mantiene una deuda histórica con ellos y, en su Bicentenerio, es momento de honrarla.


Escrito por

Manuel Bartra

Abogado especializado en derecho animal


Publicado en

manuelbartra

Abogado laboralista especializado en gestión humana con enfoque de género.